Especialidad Dual Innovación Tecnológica

5.3.2. Objeto de protección / Clasificación de obras / Ramas protegidas / Excluyentes de protección.


Dentro del marco jurídico en materia de derecho de autor, es importante comprender el objeto de protección, la clasificación de obras, las ramas protegidas y los excluyentes de protección. A continuación, se describen estos conceptos:

Objeto de Protección: El objeto de protección en el derecho de autor se refiere a lo que se puede proteger legalmente como una obra original. En términos generales, el objeto de protección incluye cualquier creación intelectual original que esté fijada en un medio tangible y pueda ser percibida, reproducida o comunicada. Esto abarca una amplia variedad de obras, como:

  1. Obras Literarias: Esto incluye libros, novelas, poesía, ensayos y otros textos escritos.
  2. Obras Musicales: Composiciones musicales y letras de canciones.
  3. Obras Dramáticas y Coreográficas: Obras teatrales, guiones, coreografías y ballets.
  4. Obras Artísticas y Visuales: Pinturas, esculturas, fotografías y obras de arte gráfico.
  5. Obras Cinematográficas y Audiovisuales: Películas, programas de televisión y videos.
  6. Obras Arquitectónicas: Diseños arquitectónicos y planos de construcción.
  7. Obras de Software: Programas de computadora y códigos fuente.
  8. Obras de Diseño Gráfico: Diseños gráficos, logotipos y elementos visuales.

Clasificación de Obras: Las obras protegidas por derechos de autor se pueden clasificar en diversas categorías, lo que permite una mejor comprensión y regulación. Algunas de las categorías comunes de obras incluyen:

  1. Obras Literarias y Escritas: Incluye libros, artículos, poemas y otros textos escritos.
  2. Obras Musicales: Composiciones musicales y letras de canciones.
  3. Obras Artísticas y Visuales: Pinturas, esculturas, fotografías y obras de arte gráfico.
  4. Obras Cinematográficas y Audiovisuales: Películas, programas de televisión y videos.
  5. Obras Arquitectónicas: Diseños y planos de construcción.
  6. Obras de Software: Programas de computadora y códigos fuente.

Ramas Protegidas: Dentro del derecho de autor, existen ramas específicas que se protegen, como los derechos morales y los derechos patrimoniales:

  1. Derechos Morales: Estos derechos protegen la relación del autor con su obra. Incluyen el derecho a la paternidad (ser reconocido como autor), el derecho a la integridad (evitar modificaciones que perjudiquen la obra) y el derecho a la divulgación (decidir cuándo y cómo se presenta la obra).
  2. Derechos Patrimoniales: Estos derechos se refieren a los aspectos económicos de la obra, como la reproducción, distribución, comunicación pública y adaptación. Los titulares de derechos pueden otorgar licencias y recibir regalías por el uso de su obra.

Excluyentes de Protección: A pesar de la amplia gama de obras que pueden protegerse, existen ciertos excluyentes de protección, es decir, situaciones en las que una obra no está protegida por derechos de autor. Algunos de los excluyentes comunes incluyen:

  1. Falta de Originalidad: Las obras deben ser originales y no copias directas de otras para ser elegibles para la protección de derechos de autor.
  2. Obras en el Dominio Público: Las obras que han perdido su protección de derechos de autor debido al vencimiento de los plazos de protección o cuando el autor renuncia a sus derechos entran en el dominio público y están disponibles para su uso público.
  3. Hechos y Datos: Los hechos y datos en sí mismos no están protegidos por derechos de autor. Sin embargo, la forma en que se presentan o se expresan puede estar sujeta a protección.
  4. Ideas y Conceptos: Las ideas y conceptos en sí mismos no están protegidos; solo la expresión concreta de esas ideas en una obra lo está.

Figura 5.10

Duración de la unidad:

16 minutos

Antecedentes Necesarios

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1

ANTECEDENTES

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Determinación


Resumen