Especialidad Dual Innovación Tecnológica

5.4.3. Modalidades de explotación / Limitaciones y excepciones al derecho de autor


Las modalidades de explotación se refieren a las diferentes formas en que un autor o titular de derechos puede aprovechar económicamente su obra protegida por derechos de autor. Estas modalidades incluyen diversas formas de distribución, reproducción y comunicación pública de la obra para obtener beneficios económicos. Por otro lado, las limitaciones y excepciones al derecho de autor son disposiciones legales que permiten el uso de obras protegidas en ciertos casos específicos sin necesidad de obtener el permiso del titular de derechos ni pagar regalías. Aquí se explican ambas:

Modalidades de Explotación:
  1. Reproducción: Esto implica la reproducción física o digital de la obra. Puede ser la publicación de libros, la fabricación de copias de CD o DVD, la impresión de obras de arte, la duplicación de software, entre otros.
  2. Distribución: La distribución se refiere a la venta, alquiler, préstamo o cualquier forma de distribución física o digital de la obra al público. Incluye la venta de libros, discos, películas, software y la transmisión en línea de música, películas y más.
  3. Comunicación Pública: Esto abarca la transmisión, exhibición o representación pública de la obra. Incluye la difusión en radio, televisión, Internet y la proyección en cines. También se aplica a actuaciones en vivo y espectáculos públicos.
  4. Comunicación Pública: Los autores pueden crear obras derivadas basadas en una obra original. Esto incluye la adaptación de una novela en una película, la traducción de una obra literaria, la creación de versiones remixadas de canciones, entre otros.
  5. Licenciamiento y Cesión: Los autores pueden otorgar licencias para el uso de su obra a terceros o ceder sus derechos a editoras, productoras, agencias de licencias, entre otros. Esto permite que otros utilicen la obra de acuerdo con los términos del contrato.
Limitaciones y Excepciones al Derecho de Autor:
  1. Uso Justo (Fair Use): En los Estados Unidos, existe el concepto de uso justo, que permite el uso de obras protegidas sin permiso en ciertos contextos, como la crítica, la parodia, la educación y la investigación, siempre que se cumplan ciertos criterios.
  2. Citas y Uso Educativo: En muchas jurisdicciones, se permite el uso de obras con fines de cita y uso educativo, siempre que se respeten ciertas condiciones, como citar correctamente la fuente y no causar un perjuicio comercial injusto.
  3. Copias Personales: En algunos lugares, se permite a las personas realizar copias personales de obras para uso privado, como hacer una copia de un CD para su propio disfrute.
  4. Bibliotecas y Archivos: Las bibliotecas y archivos a menudo pueden hacer copias de obras protegidas para fines de preservación y acceso público.
  5. Discapacidad y Acceso Equitativo: Se permiten excepciones para proporcionar acceso a obras a personas con discapacidad o con dificultades para acceder a obras impresas.
  6. Noticias y Comentarios Actuales: En algunos casos, se permite el uso de obras para informar sobre noticias actuales o hacer comentarios sobre eventos de actualidad.
  7. Uso de Obras en Dominio Público: Las obras en dominio público pueden usarse libremente sin restricciones de derechos de autor.

Figura 5.14

Duración de la unidad:

16 minutos

Antecedentes Necesarios

Tema Anterior Inicio Tema Siguiente
1

ANTECEDENTES

×

Importancia


Modalidades de Explotación